La especulación sobre el 'botín' de 5 millones de euros de la trama corrupta de Koldo
Desde que el juez Puente especuló en el auto de prisión de Santos Cerdán con una cifra diez veces superior a datos de la UCO la derecha ha encontrado un arma formidable contra el PSOE.
¿De dónde sale la suma que ya quedará en los anales penales de 5 millones de euros?
Es una cifra especulativa.
El caso es que quien ha hecho el ejercicio especulativo ha sido un juez. Se trata de Leopoldo Puente, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, desde noviembre de 2020.
En el auto con el cual envió a prisión a Santos Cerdán, secretario de Organización dimitido/defenestrado del PSOE el pasado 30 de junio, el juez Puente se viene arriba.
Y va más allá del informe de la UCO del 5 de junio.
Dice el auto que "conviene no perder de vista que el total de las obras adjudicadas a la mercantil Acciona Construcción...importaba una suma muy próxima a los 550 millones de euros (537.271.005). A partir de las conversaciones grabadas de los señores Ábalos y Koldo resultaría que habrían percibido, como premio indebido, la cantidad de 550.000 euros adeudados todavía, otros 450.000 igualmente comprometidos (de los que, tal vez, 70.000 podrían haberse destinado a la adquisición de una "bajera" ). Un millón en total, en términos aproximados".
Esto es lo que afirma, efecto el informe de la UCO del 5 de junio de 2025.
Pero el magistrado quiere ir más allá, cree que es poca cantidad.
"Parece razonable considerar también que Santos Cerdán obtendría alguna clase de beneficio económico para sí y/o para tercero, invita a considerarlo la relación vertical que con los otros dos..."
Este párrafo merece atención. Porque el magistrado, a petición del fiscal Alejandro Luzón y de las acusaciones populares dirigidas por la direccion letrada del Partido Popular, estaba enviando a la cárcel a Cerdán.
“Parece razonable que Cerdán obtendría alguna clase de beneficio económico” señala. ¡Hasta ahí podíamos llegar!
El magistrado continúa especulando.
"Pero es que, además, el botín indiciariamente obtenido representa un porcentaje insólitamente mínimo en el marco de esta clase de operaciones delictivas" sostiene.
"POR HIPÓTESIS"
En conclusion, señala el auto, y aquí se remata la especulación.
"Si el importe del premio económico es el 1 por ciento del valor de las adjudicaciones --porcentaje aún muy contenido por la indebida adjudicación de las obras hubiera constituido, por hipótesis, en términos comparativos con otras operaciones semejantes (no infrecuentes por desgracia) el premio equivaldría a una cantidad superior a los 5 millones de euros, varias veces mayor que la parte que indiciariamente correspondía a los Ábalos y García. Ello refuerza así la idea de que más personas, fisicas o jurídicas, además de Ábalos, García y Cerdán, pudieran haberse lucrado de las mencionadas adjudicaciones, eventualidad que no puede ser descartada en este momento"
Es magistrado instructor quien manda a prisión, pues, con una hipótesis y ante la posibilidad de otros beneficiarios, hipótesis “que no puede ser descartada en este momento”.
No hay muchos antecedentes en un auto de prisión en que el instructor se encomiende a una "hipótesis".
La defensa de Cerdán ha sido comedida al comentar en su recurso ante la Sala de Recursos las especulaciones.
"Se desprende un claro voluntarismo en la construcción de una hipótesis acusatoria pero no se llega a concretar cuál es la base que sustenta esta hipótesis en cuanto a las fuentes de prueba” señala.
Y subraya la conducta judicial contra reo.
“De su lectura, conociendo lo que consta realmente en autos, se desprende la frustración de los investigadores ante el hecho que el patrimonio de Santos Cerdán no es compatible con la tesis acusatoria y esta contradicción factica en lugar de resolverse a favor de la presunción de inocencia de. Santos Cerdán se resuelve en el sentido de presumir que debe existir un patrimonio oculto y que esa ocultación pendiente de desvelar es lo que justifica la pretendida medida de prisión provisional"
Esta denuncia nos ilustra hasta que punto ha sido bombardeada, destruida, la presunción constitucional de la institución de presunción de inocencia y el hecho de que la carga de la prueba reside en los tres acusadores del procedimiento: el juez de instrucción, el fiscal y las acusaciones populares.
La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto, como era previsible ya que ha instigado la prisión, a la libertad de Cerdán porque puede destruir pruebas.
Todavía no es posible conocer qué pruebas podría destruir. Pero esto es lo que hay. Habrá vista pública-solicitada por la defensa- pata debatir el recurso de apelación en la segunda mitad de julio. Defensa y acusación se verán las caras en la Sala Segunda del Tribunal Supremo ante el respetable público.
Información publicada en El Periódico de Catalunya